Atención: anuncian cierre temporal de 195 oficinas de registro público a nivel nacional
De acuerdo con la entidad pública, en este periodo, serán adelantadas actividades de mantenimiento preventivo de la infraestructura tecnológica.
La Superintendencia de Notariado y Registro informó que se decretó la suspensión provisional de términos y la interrupción del servicio público registral en las 195 Oficinas de Registro de Instrumentos Públicos que funcionan en el territorio nacional.
Esta disposición regirá durante los días lunes 29, martes 30 y miércoles 31 de diciembre, así como el viernes 2 de enero de 2026. Durante estas fechas no será posible realizar trámites como inscripción de escrituras, compraventa de bienes inmuebles, constitución de hipotecas, embargos, sucesiones u otros actos que requieran registro, y los términos legales correspondientes quedarán suspendidos hasta tanto se reactive la atención.
Según explicó la entidad, durante este lapso se llevarán a cabo labores de mantenimiento preventivo a la infraestructura tecnológica que respalda el funcionamiento del centro de datos institucional.
La Superintendencia señaló que estas actividades hacen parte de un procedimiento rutinario que implica el apagado controlado de los sistemas de información, como medida de seguridad para asegurar su adecuado desempeño de cara al inicio del nuevo año.
En consecuencia, plataformas como la Radicación Electrónica (REL), el Sistema de Información Registral (SIR) y la Ventanilla Única de Registro (VUR) permanecerán fuera de servicio hasta el lunes 5 de enero de 2026, fecha en la que la SNR retomará la atención al público y el cómputo de los términos administrativos.
La entidad precisó que esta decisión resulta clave para garantizar la continuidad y eficiencia de la labor que cumple la Supernotariado en todo el país, y fue adoptada tras el seguimiento técnico a sus sistemas misionales, el cual evidencia que durante la primera semana de enero la demanda de usuarios del servicio registral suele ser baja.
“El registro de la propiedad inmueble constituye un servicio público a cargo del Estado, prestado por medio de los registradores de Instrumentos Públicos. En ese marco, la SNR está facultada para adoptar decisiones administrativas que permitan suspender términos y la prestación vdel servicio cuando las condiciones así lo requieran”, puntualizó la entidad.