Circular de la CRC ante la posibilidad del Fenómeno de "El Niño" en el Cauca

La entidad advierte que personas que provoquen incendios forestales podrán terminar en la cárcel.

Circular de la CRC ante la posibilidad del Fenómeno de "El Niño" en el Cauca

La Corporación Autónoma Regional del Cauca CRC, de acuerdo a la información suministrada por el IDEAM mediante el comunicado especial No 023 de 2023, invita a los alcaldes, consejos municipales de gestión del riesgo de desastres, consejo departamental de gestión del riesgo de desastres, medios de comunicación, gremios de producción, empresas de servicios públicos, organismos de socorro y comunidad en general, a tomar acciones de preparación y alistamiento,  ante una alta probabilidad de desarrollo del fenómeno de “El Niño” para el segundo semestre del 2023.

Sobre esto, el comunicado señala que el pronóstico a mediano plazo muestra probabilidades del inicio y desarrollo del fenómeno de “El Niño” con un valor del 62% en el periodo mayo-julio, y que persista en su fase de madurez para el resto del 2023, con probabilidades mayores al 80 %.

El IDEAM recomienda NO bajar la guardia a la posible ocurrencia y propagación de incendios en la cobertura vegetal, al ascenso de las temperaturas durante el día, eventos extremos de vientos y posibles descensos de temperaturas en horas de la madrugada.

De esta manera, la Corporación Autónoma Regional del Cauca CRC, recomienda a la comunidad las siguientes acciones frente a las condiciones climáticas predominantes:

•Asegurar muy bien el techo, tejas y láminas de zinc y en general los objetos que podrían ser arrastrados por la fuerza de vientos intensos, asociados a vendavales.
•No desviar ni tapone caños o desagües.
•Evitar la propagación de rumores y especulaciones, acudir directamente a fuentes oficiales.
•Dar aviso a las entidades competentes de condiciones que representen riesgo y amenaza para la comunidad.
•La práctica tradicional de quema para la preparación de tierras de cultivo, genera en el Departamento del Cauca el mayor número de casos de incendios forestales; abstenerse de realizar esta práctica, no solo por la conexidad con los incendios forestales sino principalmente porque está demostrado que es causa para la pérdida de fertilidad del suelo. Es una práctica que debe eliminarse del imaginario colectivo de la población rural.

Provocar un incendio forestal no solo acarrea sanciones de tipo ambiental, el cogido penal colombiano lo tipifica como delito, en tal sentido el artículo 350 de la ley 599 de 2000 señala que: (…) El que con peligro común prenda fuego en cosa mueble, incurrirá en prisión de dieciséis (16) a ciento cuarenta y cuatro (144) meses y multa de trece puntos treinta y tres (13.33) a ciento cincuenta (150) salarios mínimos legales mensuales vigentes. Si la conducta se realizare en inmueble o en objeto de interés científico, histórico, cultural, artístico o en bien de uso público o de utilidad social, la prisión será de treinta y dos (32) a ciento ochenta (180) meses y multa de ciento treinta y tres puntos treinta y tres (133.33) a setecientos cincuenta (750) salarios mínimos legales mensuales vigentes. La pena señalada en el inciso anterior se aumentará hasta en la mitad si la conducta se cometiere en edificio habitado o destinado a habitación o en inmueble público o destinado a este uso, o en establecimiento comercial, industrial o agrícola, o en terminal de transporte, o en depósito de mercancías, alimentos, o en materias o sustancias explosivas, corrosivas, inflamables, asfixiantes, tóxicas, infecciosas o similares, o en bosque, recurso florístico o en área de especial importancia ecológica. (…)

Adicionalmente la Autoridad Ambiental informa que estará en permanente coordinación con las autoridades Departamentales y Municipales, quienes deberán reportar a través de los Consejos Municipales y Departamentales de Gestión del Riesgo, la presencia de eventos ante la UNGRD y el IDEAM.

Para cualquier información adicional y complementaria, la Corporación Autónoma Regional del Cauca ha dispuesto a través del área de Gestión del Riesgo de la Subdirección de Defensa del Patrimonio Ambiental, el siguiente correo para realizar sus consultas: subdirectordefensapatrimonio@crc.gov.co.