#Confidencial | Grave denuncia por presunto ocultamiento de pruebas en el caso del Personero de Popayán
El proceso de apelación ante el Consejo de Estado da un giro oscuro: se revela la existencia de un "otro sí" contractual que habría sido escondido para favorecer a Iván Daniel Oviedo.
Lo que comenzó como una suspensión administrativa por irregularidades en su elección, ha escalado a un terreno peligrosamente criminal. En una revelación exclusiva, se ha conocido que el demandante dentro del proceso que cursa contra el Personero de Popayán, Iván Daniel Oviedo, cuenta con una prueba que califica como "contundente" y que dejaría en evidencia una maniobra de ocultamiento de pruebas para engañar a la justicia.
El "Otro Sí" de la discordia
El eje de este nuevo escándalo es un "otro sí" realizado en contratos dentro de la misma Personería Municipal. Según las fuentes consultadas, este documento habría sido ocultado o alterado deliberadamente por exfuncionarios y allegados al proceso para evitar que el Consejo de Estado ratificara la suspensión provisional fallada inicialmente por el Tribunal Administrativo del Cauca.
Este documento contractual sería la pieza clave que demuestra que los requisitos para la elección de Oviedo no se cumplieron o fueron manipulados, y su desaparición del expediente oficial no sería un error administrativo, sino una acción premeditada para entorpecer la labor judicial.
Un delito que amerita cárcel
El hecho no es menor. El ocultamiento, alteración o destrucción de material probatorio es un ataque directo contra la administración de justicia. El Código Penal Colombiano, en su artículo 454B, es taxativo al señalar que quien incurra en esta conducta para impedir que un elemento sea utilizado en una investigación o juicio, enfrentará penas severas de prisión y multas millonarias.
Si se comprueba que desde el interior de la Personería o por orden de terceros se manipuló este "otro sí", los implicados ya no solo enfrentarían la pérdida del cargo, sino un proceso penal que podría terminar tras las rejas.
#ElDato: La gravedad jurídica
Artículo 454B del Código Penal: El que oculte, altere o destruya elemento material probatorio (...) incurrirá en prisión de cuatro (4) a doce (12) años y multa de doce (12) a dos mil (2.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Este hallazgo cambia las reglas del juego. Ya no estamos ante una discusión técnica sobre un concurso de méritos; estamos ante un presunto fraude procesal y una burla a la ética pública. La justicia no puede ser burlada mediante la desaparición de documentos oficiales. Si el Personero o su equipo jurídico permitieron o ejecutaron este ocultamiento, la legitimidad de la institución queda reducida a cero.
Hemos tenido acceso a información que sugiere que la prueba ya estaría en manos de las autoridades competentes. La ciudadanía de Popayán exige que la Fiscalía General de la Nación actúe de oficio ante esta denuncia de ocultamiento de material probatorio. El Consejo de Estado tiene ahora una responsabilidad mayor: fallar no solo sobre una elección, sino sobre un proceso manchado por la sospecha de la criminalidad.
Noticia en desarrollo. Seguiremos revelando detalles de este #Confidencial.
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