Consejo de Estado confirma millonaria sanción a María Luisa Piraquive por no declarar ingresos en Colombia

La líder de la Iglesia de Dios Ministerial de Jesucristo Internacional deberá pagar más de $3.800 millones, según fallo definitivo.

Consejo de Estado confirma millonaria sanción a María Luisa Piraquive por no declarar ingresos en Colombia

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado dejó en firme una sanción de más de $3.805 millones contra María Luisa Piraquive de Moreno, líder religiosa y fundadora del partido político Mira, por irregularidades en su declaración de renta ante la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian).

El litigio se remonta al año 2012, cuando la Dian detectó inconsistencias en la declaración fiscal de la pastora. Pese a que ella argumentó residir en Weston, Florida (EE. UU.) desde 2006 y cumplir allí sus obligaciones tributarias, la Dian determinó que la mayoría de sus ingresos se generaban en Colombia, por lo que debía tributar también en el país.

Según el expediente, para ese año la pastora declaró en Estados Unidos ingresos por $1.404 millones y en Colombia por $806 millones, pero el patrimonio global —incluyendo propiedades en Colombia y en el exterior— superaba los $12.000 millones. Con base en ello, la Dian impuso el pago de $3.805 millones, monto que superaba en más de $3.000 millones lo efectivamente declarado en Colombia.

La defensa legal de Piraquive sostuvo que los bienes en el extranjero no debían ser incluidos en la base gravable nacional, y que sus actividades espirituales carecían de naturaleza mercantil.

Sin embargo, el Consejo de Estado encontró que, además de su labor religiosa, la pastora tenía participación en sociedades comerciales como Librería y Papelería Futuro Ltda., Libertadora de Seguridad Servicios Integrales Ltda. y Libertad de Seguridad Ltda.

También se determinó que en 2012 reportó ventas de libros y fue declarante del impuesto de industria y comercio, lo que confirmaba la existencia de ingresos económicos que debían ser incluidos en la declaración.

El proceso judicial se prolongó durante más de una década. En 2021, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca negó las pretensiones de la pastora, fallo que fue confirmado por la Sección Cuarta del Consejo de Estado en 2022.

El último intento de Piraquive por revertir la sanción fue un recurso extraordinario de súplica, pero la Sala lo declaró infundado y ratificó la multa.

Además de la sanción económica, el alto tribunal ordenó el pago de un salario mínimo legal mensual por concepto de costas procesales.

El caso sienta un precedente importante sobre la fiscalización de ingresos de ciudadanos colombianos residentes en el extranjero, especialmente en lo relacionado con líderes religiosos y los ingresos derivados de sus actividades dentro del país.