Corte Suprema da 60 días para que Nueva EPS cumpla fallos de tutela y garantice atención a pacientes
La estrategia deberá ser elaborada junto con el agente interventor, la Superintendencia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud y la Presidencia de la República, priorizando a los pacientes en estado crítico o con mayor riesgo.
La Corte Suprema de Justicia le dio un plazo máximo de 60 días a Nueva EPS para diseñar e implementar un plan que permita superar el reiterado incumplimiento de fallos de tutela relacionados con la atención de sus afiliados.
La decisión fue adoptada por la Sala de Tutelas de la Sala de Casación Penal, que ordenó trabajar de manera conjunta con el agente interventor de la EPS, la Superintendencia Nacional de Salud, el Ministerio de Salud y la Presidencia de la República para establecer una estrategia que garantice el cumplimiento progresivo de las órdenes emitidas por los jueces.
El objetivo es asegurar que los pacientes reciban oportunamente los servicios médicos, tratamientos y medicamentos que les han sido reconocidos mediante acciones de tutela, pero que aún permanecen sin cumplimiento.
El alto tribunal indicó que el plan deberá establecer criterios de priorización para atender primero a las personas cuyo estado de salud represente un riesgo inminente o que, por sus condiciones, gocen de especial protección constitucional.
Con ello se busca evitar que los retrasos en la prestación de los servicios continúen poniendo en riesgo la vida y la integridad de los usuarios.
El caso que motivó la decisión
La determinación surgió tras estudiar una acción de tutela presentada por Salomé Henao González, quien se desempeñó como gerente regional norte de Nueva EPS.
La exdirectiva argumentó que enfrentaba numerosos incidentes de desacato derivados del incumplimiento de decisiones judiciales por parte de la entidad, pese a que esas situaciones obedecían a problemas estructurales de la EPS y no a actuaciones personales.
Durante el proceso se estableció que en su contra existían decisiones provenientes de 481 despachos judiciales, que acumulaban 3.853 días de arresto y multas superiores a 9.131 millones de pesos.
La Corte concluyó que sus derechos fundamentales al debido proceso, la libertad y la dignidad humana fueron vulnerados, por lo que dejó sin efecto las sanciones de arresto, las multas y los procesos de cobro relacionados con esos desacatos.
Reconocimiento de una crisis estructural
En la sentencia, la Corte Suprema reconoció la existencia de una problemática estructural dentro de Nueva EPS y señaló que otros funcionarios que afronten circunstancias similares podrán acudir ante los jueces para solicitar la revisión de los incidentes de desacato impuestos en su contra.
No obstante, el alto tribunal enfatizó que esta decisión no libera al Estado de su obligación de garantizar el derecho fundamental a la salud.
Finalmente, recordó que, al tratarse de una EPS intervenida y con una crisis funcional y financiera reconocida, corresponde a las autoridades nacionales adoptar las medidas necesarias para asegurar que los usuarios reciban la atención ordenada por los jueces y que las sentencias de tutela sean cumplidas de manera efectiva.