Cuenta de X de Petro queda bajo restricciones por decisión judicial
La decisión estará vigente mientras se resuelve de fondo una tutela por presunta participación en política, a pocos días de la segunda vuelta presidencial del 21 de junio.
Un juzgado laboral de Medellín admitió una acción de tutela presentada contra el presidente Gustavo Petro por una presunta vulneración de derechos fundamentales relacionada con participación en política durante el actual proceso electoral y ordenó una serie de medidas provisionales mientras se estudia el caso.
La decisión fue adoptada por el Juzgado Veintinueve Laboral del Circuito de Medellín, que además concedió al mandatario un plazo de dos días para responder a los hechos expuestos por el ciudadano Juan Diego Ríos Rojas, quien promovió la acción constitucional.
Como parte del trámite, el despacho judicial solicitó a la Comisión de Investigación y Acusación de la Cámara de Representantes certificar el número y estado de los procesos que cursan contra el jefe de Estado por presunta participación indebida en política.
La jueza Anny Carolina Goenaga Peláez consideró que existen elementos suficientes para decretar una medida provisional mientras se resuelve de fondo la tutela. Para ello tuvo en cuenta una decisión previa del Consejo de Estado, emitida el 28 de mayo de 2026, que ordenó al presidente abstenerse de difundir propaganda electoral a favor o en contra de candidatos o movimientos políticos mediante canales oficiales del Estado.
Según el expediente, el accionante aportó publicaciones periodísticas y contenidos divulgados en la cuenta de X del mandatario para sustentar que presuntamente continuó realizando pronunciamientos relacionados con la campaña presidencial pese a la orden judicial existente.
De manera preliminar, el juzgado señaló que podría existir una afectación a los derechos invocados y a las garantías de igualdad entre los candidatos que disputan la Presidencia de la República.
En consecuencia, mientras avanza el proceso, el presidente Gustavo Petro deberá abstenerse de utilizar recursos, bienes, escenarios, canales y plataformas asociadas a su investidura para emitir mensajes que puedan favorecer o perjudicar directa o indirectamente a cualquiera de los aspirantes presidenciales.
La restricción también se extiende a las alocuciones oficiales, eventos públicos desarrollados en calidad de jefe de Estado, escenarios nacionales e internacionales a los que asista por razón de su cargo y a la cuenta @petrogustavo cuando sea utilizada en ejercicio de funciones públicas.
Adicionalmente, la medida judicial ordena al mandatario abstenerse de difundir afirmaciones sobre posibles fraudes electorales que no cuenten con evidencia sólida y razonable.
La decisión permanecerá vigente mientras se resuelve de fondo la acción de tutela y busca evitar un eventual perjuicio irreparable en la antesala de la segunda vuelta presidencial programada para el próximo 21 de junio.