Demandan ante el Tribunal Administrativo del Cauca a Indeportes Cauca por presunta violación a la Ley de Garantías

Un ciudadano radicó una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho solicitando la suspensión urgente del contrato 374-2026 y la compulsa de copias a órganos de control.

Demandan ante el Tribunal Administrativo del Cauca a Indeportes Cauca por presunta violación a la Ley de Garantías

El ciudadano Luis Eduardo Dimitry González Ramírez radicó ante el Tribunal Administrativo del Cauca una demanda de nulidad y restablecimiento del derecho contra Indeportes Cauca, su gerente Tayro Alexander López Gómez, el subgerente técnico Ary Fernando Joaquín Timaná y el contratista Luis Felipe Sánchez Burbano, quién fue secretario de deporte del Municipio de Popayán. La acción judicial busca declarar la nulidad absoluta del contrato de prestación de servicios No. 374-2026, suscrito el 24 de marzo de 2026 por valor de $11.400.000, al haber sido firmado presuntamente en plena restricción de la Ley de Garantías Electorales.

La demanda quedó oficializada ante la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo mediante el sistema SAMAI bajo el número de solicitud 24427. Según el escrito, la entidad pública habría incurrido en irregularidades de contratación directa durante el periodo de restricción legal con ocasión de las elecciones presidenciales.

Las inconsistencias contractuales señaladas

El documento judicial detalla una serie de anomalías de fondo y forma en el proceso contractual:

  • Violación a la Ley de Garantías: La firma del acta de inicio se realizó el 24 de marzo de 2026, dentro del periodo de prohibición contractual comprendido entre el 31 de enero y el 31 de mayo de 2026, estipulado en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005.
  • Incongruencia en las fechas: El encabezado del acta de inicio registra la fecha "2024/03/12", mientras que el cuerpo del texto señala el 24 de marzo de 2026, evidenciando el uso de formatos extemporáneos.
  • Discrepancia en los plazos: Mientras los estudios previos fijaban la finalización del contrato para el 30 de abril de 2026 (38 días), el acta de inicio y el sistema PACO extendieron la ejecución hasta el 24 de junio de 2026 (93 días).
  • Vacíos en el respaldo presupuestal: Los estudios previos carecen de los registros numéricos de CDP y Registro Presupuestal en sus tablas técnicas, pese a ser citados posteriormente en los documentos de inicio.
"Dentro de los cuatro (4) meses anteriores a la elección presidencial y hasta la fecha en que se declare la elección, queda prohibida la celebración de contratos de prestación de servicios de manera directa por parte de las entidades públicas." (Texto legal del Art. 33 de la Ley 996 de 2005 citado en la demanda"

La Ley de Garantías Electorales busca prevenir el uso de recursos e instrumentos públicos con fines proselitistas durante contiendas electorales. La revisión de este contrato por parte de la justicia contencioso-administrativa sienta un precedente sobre la transparencia en las entidades del Cauca y examina la responsabilidad legal de los ordenadores del gasto en el departamento.

El Tribunal Administrativo del Cauca deberá evaluar la admisión de la demanda y resolver la solicitud de medida cautelar urgente de suspensión provisional del contrato. Asimismo, el demandante solicitó la compulsa de copias a la Fiscalía General de la Nación, la Procuraduría General de la Nación y la Contraloría General para establecer posibles responsabilidades penales, disciplinarias y fiscales.

​En aras de la transparencia periodística y con el propósito de que nuestros lectores y seguidores puedan verificar de primera mano la información expuesta ante los estrados judiciales, en Periódico Virtual compartimos de manera pública los documentos oficiales, la demanda y los soportes del sistema SAMAI que sustentan este reporte.

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