Denuncian al alcalde Juan Carlos Muñoz por presunta autorización de cerramiento irregular en el barrio La Paz

La firma JM Abogados & Asesores radicó acciones ante la Fiscalía y la Procuraduría. Denuncian el cobro de $80.000 a ciudadanos para acceder a una vía pública mediante llaves.

Denuncian al alcalde Juan Carlos Muñoz por presunta autorización de cerramiento irregular en el barrio La Paz
Reja instalada en paso peatonal público en el barrio La Paz de Popayán.

El alcalde de Popayán, Juan Carlos Muñoz Bravo, fue denunciado penal y disciplinariamente por presuntamente autorizar de manera verbal el cerramiento de un paso peatonal de uso público en el barrio La Paz. La acción, instaurada por la firma JM Abogados & Asesores ante la Fiscalía General de la Nación y la Procuraduría General de la Nación, advierte sobre la privatización de facto de un bien común y el cobro no autorizado a la comunidad para ejercer su derecho a la movilidad.

Un cerramiento que privatiza el tránsito ciudadano

La controversia escaló tras la instalación de rejas y puertas metálicas en ambos extremos de un corredor peatonal del sector, impidiendo el libre tránsito de los habitantes. Para acceder al paso, a los vecinos se les estaría exigiendo un pago individual para adquirir la llave correspondiente.

Según la denuncia radicada por la firma jurídica, la medida restrictiva fue respaldada por un aval verbal brindado por el mandatario local durante un encuentro con residentes del sector, un procedimiento que carece de validez jurídica para modificar el uso del espacio público.

  • Ubicación del conflicto: Vía peatonal del barrio La Paz, Popayán.
  • Mecanismo de bloqueo: Estructuras metálicas con cerradura en ambos extremos del paso.
  • Cobro denunciado: $80.000 cobrados a los ciudadanos para la entrega de una llave de acceso.
  • Impacto directo: Desvíos obligatorios para la comunidad y condicionamiento económico del libre tránsito.

El recurso presentado por JM Abogados & Asesores señala que una orden verbal no puede pasar por encima de la jerarquía normativa que protege el espacio público en Colombia y en el municipio de Popayán.

Las acciones interpuestas ante los organismos de control fundamentan la presunta irregularidad en las siguientes disposiciones legales y reglamentarias:

  • Constitución Política (Arts. 24, 82 y 315): Garantizan la libertad de locomoción, la prevalencia del interés general sobre el particular y la obligación del alcalde de velar por el cumplimiento de la Carta Magna.
  • Ley 9 de 1989 (Art. 6): Prohíbe expresamente encerrar vías públicas para privar a la ciudadanía de su uso y dispone que cualquier cambio de destinación del espacio público compete exclusivamente al Concejo Municipal.
  • POT de Popayán (Acuerdo 06 de 2002, Art. 88): Prohíbe que parques, zonas verdes y vías públicas sean cerradas alterando el goce colectivo.
  • Código de Convivencia (Ley 1801 de 2016, Art. 140): Modifica e impone sanciones por ejecutar obras u ocupar el espacio público sin las licencias correspondientes.
  • Jurisprudencia de la Corte Constitucional (Sentencia T-499/99): Reitera que los bienes de uso público no pueden quedar a expensas de la voluntad de particulares o mandatarios sin competencia.
  • Código Penal (Art. 416) y Código Disciplinario (Ley 1952 de 2019): Fundamentan la evaluación del presunto abuso de autoridad por acto arbitrario e injusto y la extralimitación de funciones.
"No estamos ante una simple puerta instalada por unos vecinos. Estamos ante el cerramiento de una vía pública, con ciudadanos obligados a desviarse para llegar a sus viviendas y con un cobro de $80.000 para poder obtener una llave y atravesar un espacio que, por mandato constitucional y legal, pertenece al uso común. Si una autoridad pública autorizó semejante actuación por fuera de los procedimientos establecidos en la ley, deberá responder ante las autoridades competentes".

El caso del barrio La Paz sienta un precedente crítico sobre la gestión de los bienes de uso común en Popayán. Condicionar el paso peatonal por una vía pública al pago de una tarifa y a la tenencia de una llave vulnera la equidad urbana y los derechos fundamentales de los sectores más vulnerables. Permitir que autorizaciones verbales sustituyan las licencias de Planeación y los acuerdos del Concejo debilita la institucionalidad y la seguridad jurídica en el ordenamiento territorial del municipio.

Los entes de control deberán determinar la responsabilidad del mandatario local y de los particulares involucrados en la instalación y cobro del cerramiento. Como parte de la actuación, la firma denunciante formalizará solicitudes de información ante la Administración Municipal para constatar la inexistencia de conceptos técnicos, licencias o acuerdos del Concejo que avalen las rejas. Queda a la espera el pronunciamiento oficial de la Alcaldía de Popayán y de la Fiscalía General de la Nación sobre el avance de la indagación previa.

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