Denuncian presunta violación al Decreto 0661 en contratos sindicales de las ESE Popayán y Suroccidente

El artículo 5 de la nueva normativa nacional prohíbe explícitamente prorrogar estos vínculos misionales, ordenando en su lugar la formalización gradual de las plantas de personal en el sector salud.

Denuncian presunta violación al Decreto 0661 en contratos sindicales de las ESE Popayán y Suroccidente

Una presunta irregularidad en la contratación de personal asistencial mantiene en alerta al sector salud en el departamento del Cauca. Reportes ciudadanos y denuncias preliminares señalan que la ESE Popayán y la ESE Suroccidente habrían prorrogado contratos sindicales vigentes con posterioridad al 26 de junio de 2026, fecha en la que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 0661. Dicha norma prohíbe expresamente cualquier renovación de estos acuerdos misionales permanentes con el fin de frenar la intermediación laboral ilegal.

La controversia jurídica surge tras la reciente publicación del Decreto Número 0661 de 2026, emitido por el Ministerio del Trabajo de Colombia. Este acto administrativo adiciona y modifica el Decreto 1072 de 2015 con el objetivo explícito de establecer controles rigurosos frente al suministro fraudulento de mano de obra en instituciones públicas y privadas, protegiendo las garantías fundamentales del talento humano.

La prohibición del Artículo 5

El eje de las quejas ciudadanas se concentra en las disposiciones del plan de transición de la norma. El Artículo 5 del decreto impone un freno definitivo al uso continuado de figuras asociativas o sindicales para cubrir labores permanentes en los centros hospitalarios del país.

El texto original del documento oficial establece textualmente:

"... las Empresas Sociales del Estado (ESE), que a la fecha de expedición de este decreto cuenten con contratos sindicales vigentes para la prestación de actividades misionales permanentes, mantendrán la vigencia de dichos contratos hasta la fecha de su terminación, sin que sea posible su prórroga."

Pese a la claridad del mandato legal, las alertas sugieren que las administraciones de la ESE Popayán y la ESE Suroccidente presuntamente extendieron sus vínculos contractuales bajo esta modalidad. Esta acción contrariaría la instrucción del Ejecutivo de iniciar de forma inmediata los estudios técnicos para la ampliación de las plantas laborales.

Entre las medidas clave estipuladas en el decreto que rigen directamente para estas entidades se destacan de forma obligatoria:

  • Formalización obligatoria: Las ESE deben coordinar con el Ministerio del Trabajo y el Departamento Administrativo de la Función Pública (DAFP) para estructurar planes que absorban al personal misional.
  • Indicios de ilegalidad: La norma define 10 criterios objetivos para detectar fraudes, incluyendo la sujeción a turnos, órdenes y la falta de autonomía real del sindicato.
  • Responsabilidad de servidores públicos: Los funcionarios que autoricen o ejecuten contratos sindicales que oculten intermediación laboral ilegal responderán disciplinariamente ante los entes de control.

El uso del contrato sindical en las Empresas Sociales del Estado del Cauca ha sido históricamente un mecanismo recurrente para suplir la escasez de personal en la red hospitalaria pública regional. Sin embargo, la continuidad de estas prórrogas, bajo el actual marco legal, expone a los gerentes de las ESE locales a graves investigaciones disciplinarias y fiscales. Además, perpetúa las condiciones de inestabilidad para cientos de médicos, enfermeras y asistenciales en Popayán y los municipios del suroccidente del departamento, retrasando la transición definitiva hacia el empleo digno estipulado por la ley colombiana.

Compartimos con nuestros seguidores un documento oficial clave para el futuro laboral y de la salud en nuestra región: el Decreto 0661 del 26 de junio de 2026. Con esta nueva normativa, el Gobierno Nacional busca frenar de raíz la intermediación laboral ilegal y regular estrictamente el uso del contrato sindical en el país. El cambio más trascendental radica en su Artículo 5, el cual prohíbe de forma taxativa la prórroga de los contratos sindicales vigentes para actividades misionales permanentes en las Empresas Sociales del Estado (ESE), obligando a los centros asistenciales a estructurar planes definitivos de formalización laboral y ampliación de sus plantas de personal. Los invitamos a revisar los alcances de esta medida que impacta directamente la contratación médica y administrativa en Popayán y todo el departamento del Cauca.

Esta casa editorial mantiene la información en desarrollo y se encuentra a la espera de un pronunciamiento oficial por parte de las gerencias de la ESE Popayán y la ESE Suroccidente para verificar el estado de los contratos señalados. De igual forma, corresponderá a las direcciones territoriales del Ministerio del Trabajo adelantar las respectivas inspecciones de los actos contractuales firmados en la región tras la expedición del decreto.

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