Muñoz Bravo prometió recuperar lo público: Popayán tendrá más fotomultas

Las cámaras de Bellavista sancionarán desde el 17 de noviembre. Análisis de la concesión de tránsito, pico y placa y recursos públicos.

Portada de análisis de PeriódicoVirtual.com con Juan Carlos Muñoz Bravo, cámara de fotodetección, tránsito y comunicado de la Alcaldía de Popayán sobre Bellavista.

La Alcaldía anuncia sanciones electrónicas en Bellavista desde el 17 de noviembre, mientras continúa el debate sobre la concesión tecnológica de tránsito, el pico y placa y la distribución del recaudo.

La administración del alcalde Juan Carlos Muñoz Bravo anunció que dos cámaras de fotodetección ubicadas en Bellavista, en la carrera 9 con calle 60 Norte, comenzarán su operación sancionatoria el próximo 17 de noviembre de 2026 a las 6:00 a. m. Los dispositivos vigilarán ambos sentidos de circulación y, según el comunicado oficial del 3 de noviembre, permitirán detectar infracciones relacionadas con el SOAT, la revisión técnico-mecánica, el pico y placa, la velocidad máxima de 50 km/h y otras conductas previstas en el Código Nacional de Tránsito.

El anuncio reabre una discusión que PeriódicoVirtual.com ha planteado en distintas oportunidades: ¿la ampliación de las fotomultas está acompañada de inversiones y resultados suficientes en seguridad vial y movilidad, y qué proporción del dinero recaudado llega al municipio frente a los operadores del sistema?

La discusión adquiere especial relevancia porque Muñoz Bravo llegó a la Alcaldía con un discurso de recuperación de los servicios públicos entregados a terceros. En enero de 2024, la propia administración anunció una revisión de concesiones.

El negocio de tránsito que sigue vigente

El contrato interadministrativo celebrado entre el municipio de Popayán y EMTEL en marzo de 2017 contempló una vigencia de 15 años, hasta 2032. Según los antecedentes que recoge la sentencia SP1857-2025 de la Corte Suprema de Justicia, el esquema original establecía una distribución del 40 % para la Secretaría de Tránsito y el 60 % para EMTEL por concepto de detección electrónica. El mismo documento judicial describe una alianza estratégica mediante la cual Quipux recibiría el 70 % de los ingresos que correspondieran a EMTEL.

Esos porcentajes describen una estructura contractual histórica y no permiten certificar por sí solos cómo se distribuye cada peso recaudado en 2026.

Durante un debate del Concejo Municipal en agosto de 2025 se informó que el recaudo acumulado por distintos servicios de tránsito hasta abril de ese año ascendía a $142.271 millones. Según las cifras presentadas, el municipio participaba con el 35,9 % del total y EMTEL con el 47 %. Estas cifras no corresponden exclusivamente a fotomultas y no se deben comparar directamente con el reparto histórico de detección electrónica.

La ciudadanía tiene derecho a conocer cuánto recibe actualmente cada participante, cuánto cuesta operar las cámaras y cuánto de ese dinero se invierte efectivamente en seguridad vial, infraestructura y movilidad. La transparencia contractual es tan importante como el cumplimiento de las normas.

Sancionar infractores sí, pero con garantías y resultados

Nuestra posición editorial es clara: no nos oponemos al uso de medios tecnológicos para detectar infracciones. Conducir sin SOAT vigente, sin revisión técnico-mecánica, exceder los límites de velocidad o incumplir restricciones legales puede dar lugar a los procedimientos correspondientes, siempre con respeto al debido proceso.

Lo que cuestionamos es que ampliar la capacidad de sancionar termine sustituyendo otras soluciones. Instalar cámaras no equivale a construir nuevas vías, mejorar el transporte público o corregir los puntos de congestión. La Alcaldía debe demostrar, con datos, qué cambios se obtienen en siniestralidad y movilidad en los sectores intervenidos.

Pico y placa: una restricción que exige justificación

El pico y placa limita el uso de vehículos particulares en determinados días y horarios. Desde una perspectiva favorable a las libertades individuales, consideramos que una medida de esta naturaleza debe estar técnicamente justificada, ser proporcional y revisarse periódicamente.

La legislación colombiana permite establecer restricciones de circulación. Por eso no corresponde afirmar que el pico y placa sea, por sí mismo, inconstitucional. Lo que sí corresponde es debatir si sus beneficios verificables justifican las limitaciones impuestas a los ciudadanos.

En Popayán, el Decreto 20261000000355 del 9 de enero de 2026 estableció restricciones de lunes a viernes entre las 7:00 a. m. y las 8:00 p. m., además de distintas excepciones. El decreto contempla permisos de circulación sujetos al pago de tarifas, dependiendo de los requisitos aplicables. Esto plantea preguntas sobre equidad y sobre el efecto de las exenciones en la finalidad de reducir la congestión.

¿Dónde están las soluciones estructurales?

La Alcaldía informó el 5 de octubre de 2026 que adelantaba estudios de suelo y exploraciones para definir una solución vial en el sector de Campanario, mediante un contrato interadministrativo con la Universidad del Cauca. Es una gestión que debe reconocerse, pero los estudios todavía no equivalen a obras entregadas.

Para evaluar la política de tránsito también deben revisarse la ejecución de infraestructura, las alternativas de transporte, el mantenimiento vial y el impacto real de las restricciones. Si la congestión justifica limitar el uso de vehículos, la administración tiene que mostrar qué alternativas menos restrictivas estudió y qué resultados obtiene.

Las fotomultas requieren vigilancia institucional

En mayo de 2026, la Superintendencia de Transporte abrió una investigación administrativa relacionada con comparendos detectados en Popayán entre 2020 y 2024 y el cumplimiento de requisitos técnicos para medir velocidad. La apertura no constituye una decisión definitiva ni prueba automáticamente la ilegalidad de los comparendos.

En septiembre de 2026, la Personería Municipal también formuló solicitudes preventivas de revisión de sistemas de fotodetección en sectores de la ciudad. El comunicado oficial del 3 de noviembre señala que, tras mesas técnicas y respuestas a inquietudes de la Personería, se reanudarán las jornadas informativas sobre Bellavista del 3 al 13 de noviembre y que las detecciones en ese período no tendrán efectos sancionatorios.

Las nuevas cámaras cuentan, según el comunicado de la Alcaldía, con autorizaciones de la Agencia Nacional de Seguridad Vial mediante las resoluciones 002 y 141 de 2026. Esa información debe diferenciarse de la evaluación sobre la conveniencia de la medida y de las garantías en cada procedimiento sancionatorio.

Recuperar lo público exige más que ampliar el control

La Alcaldía plantea que las cámaras buscan prevenir siniestros y proteger la vida. Es una finalidad legítima, que debe evaluarse con indicadores verificables. Pero el debate ciudadano no termina en pagar comparendos: debe incluir el destino del recaudo, los contratos vigentes, la infraestructura prometida y el cumplimiento de las propuestas de gobierno.

Recuperar lo público significa demostrar que las decisiones administrativas y los recursos se orientan al interés general. Popayán necesita seguridad vial, infraestructura, transparencia y soluciones duraderas; una ciudad no se recupera solamente vigilando a sus ciudadanos, sino ofreciendo mejores condiciones para desplazarse.

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