Gobernación del Cauca anuncia 60 % de descuento en el impuesto vehicular para carros eléctricos e híbridos

El beneficio fue establecido mediante la Ordenanza 043 de 2026 y aplicará durante el año de matrícula o traslado de la cuenta, además de los cinco años fiscales siguientes.

Gobernación del Cauca anuncia 60 % de descuento en el impuesto vehicular para carros eléctricos e híbridos

Los propietarios de vehículos eléctricos, híbridos o de cero emisiones que matriculen sus automotores en el Cauca, o trasladen definitivamente su cuenta de matrícula a un organismo de tránsito del departamento, podrán acceder a un descuento del 60 % en el Impuesto sobre Vehículos Automotores.

El beneficio quedó establecido mediante la Ordenanza 043 de 2026 y busca incentivar la transición hacia vehículos con menores niveles de emisiones contaminantes en el departamento.

¿Durante cuánto tiempo aplica el descuento?

La reducción del impuesto será aplicable durante el año fiscal en el que se realice la matrícula o la radicación definitiva de la cuenta, y se mantendrá durante los cinco años fiscales siguientes.

El beneficio está dirigido exclusivamente a los vehículos que cumplan las condiciones establecidas en la normativa.

Estos son los documentos que debe presentar

Para solicitar el descuento, el propietario deberá presentar ante la oficina de Rentas Departamentales:

  • Documento de identidad.
  • Licencia de tránsito que certifique la matrícula o el traslado de la cuenta.
  • Documento que permita acreditar que el vehículo es eléctrico, híbrido o de cero emisiones.

La solicitud debe realizarse dentro del plazo establecido para el pago del impuesto correspondiente a la vigencia fiscal.

¿Dónde se puede solicitar?

Los contribuyentes podrán presentar la documentación de manera presencial en las oficinas de Rentas del departamento ubicadas en:

📍 Popayán: Casa Caldas.
📍 El Bordo: Cámara de Comercio.
📍 Santander de Quilichao: Casa de la Gobernación.

También está habilitado el correo electrónico vehiculos@cauca.gov.co para la radicación de la solicitud.

¿Cuánto tarda el trámite?

Una vez presentada la solicitud, la administración tributaria tendrá un plazo de 15 días hábiles para resolverla.

Si se requiere información o documentación adicional, el contribuyente tendrá 10 días hábiles para realizar las correcciones o completar los documentos solicitados. Durante este periodo se suspenderá el término establecido para resolver el trámite.

Una vez verificados los requisitos, el descuento podrá ser reconocido mediante acto administrativo o directamente en el sistema de liquidación del impuesto.

La Gobernación del Cauca también aclaró que el beneficio únicamente aplicará a los periodos establecidos en la ordenanza y no generará devoluciones sobre pagos realizados antes de que exista una decisión favorable.

Asimismo, la administración departamental podrá verificar posteriormente el cumplimiento de los requisitos y revocar el beneficio si encuentra irregularidades en la documentación presentada.