Juan Carlos Suárez Ortiz fue acusado de participar en el asesinato del estudiante Esteban Moreno
La Fiscalía formalizó las acusaciones contra Suárez Ortiz por la muerte del estudiante universitario, y de resultar culpable podría ser condenado hasta a cincuenta años de prisión.
La audiencia judicial celebrada este miércoles 5 de noviembre resultó en la imputación formal de cargos contra , a quien la Fiscalía General de la Nación acusó de homicidio agravado por los hechos que causaron la muerte de Jaime Esteban Moreno Jaramillo, un estudiante de Ingeniería de Sistemas de 26 años, inscrito en la Universidad de los Andes.
Un funcionario precisó que el proceso se enmarca en los artículos ciento tres y ciento cuatro del Código Penal Colombiano, los cuales tipifican el homicidio agravado y contemplan penas que oscilan entre cuarenta y cincuenta años de prisión para quien resulte declarado responsable de ejecutar esta clase de delitos.
Durante la exposición de los hechos, el ente investigador subrayó la presunta condición de coautoría de Suárez Ortiz en el crimen, destacando la gravedad de las circunstancias atribuidas.
El avance de la investigación está acompañado de una estricta reserva en torno a los detalles del proceso judicial, luego de que el juez dispusiera restricciones sobre la divulgación de información vinculada a testigos, grabaciones y material fotográfico relacionado con la víctima.
Durante la audiencia, el juez interrogó a Suárez Ortiz sobre su comprensión de los cargos.
El acusado respondió: “No entendí los hechos por los cuales estoy siendo procesado en la presente audiencia” y solicitó una explicación más clara.
Ante esta petición, el representante de la Fiscalía detalló nuevamente los hechos, dirigiéndose directamente al imputado y explicando de manera sencilla y “didáctica” las circunstancias y acciones que se le atribuían.
Tras esta aclaración, Suárez Ortiz confirmó que comprendía los hechos y, al ser consultado sobre su posición frente a los cargos, declaró: “No acepto cargos”.
El juez, tras dejar constancia de la negativa del acusado a aceptar los cargos, explicó los derechos procesales que asisten a Suárez Ortiz desde ese momento.
Entre estos, se encuentran el derecho a no declarar contra sí mismo ni contra sus familiares, a guardar silencio sin que esto se utilice en su contra, a comunicarse en privado con su abogado defensor y a conocer y controvertir las pruebas que se presenten en su contra.
Además, el juez recalcó que el imputado tiene derecho a preparar su defensa con tiempo y medios adecuados, a conocer las razones de su procesamiento y a recibir explicaciones claras sobre el procedimiento penal.
En cuanto al desarrollo futuro del proceso, el juez indicó que el aparato jurisdiccional dispone de veinte años, contados desde la fecha de la audiencia, para emitir una sentencia, ya sea condenatoria o absolutoria, antes de que opere la prescripción.
También señaló que la audiencia de acusación será el momento en que Suárez Ortiz podrá conocer y controvertir los elementos probatorios que la Fiscalía presente formalmente.
El proceso penal garantiza que el acusado acceda a un juicio público, oral y contradictorio, donde podrá ejercer plenamente su derecho de defensa y donde la imparcialidad del juez y la inmediatez de las pruebas serán principios rectores del procedimiento.
Según la exposición de la Fiscalía, los hechos ocurrieron el 31 de octubre de 2025 en la Avenida Caracas, número 63-85.
En esa fecha, Suárez Ortiz, con el rostro pintado de rojo y negro, sin camisa y con pantalón negro, habría agredido junto a otro individuo a la víctima, propinándole golpes que provocaron su caída.
Un amigo de Moreno Jaramillo, testigo presencial, identificó a Suárez Ortiz como uno de los agresores, señalando que le asestó múltiples patadas en la cara y el cuerpo.
Tras la intervención de la Policía Nacional, Suárez Ortiz fue capturado y se le leyeron sus derechos como presunto autor de lesiones personales. La gravedad de las lesiones, descritas por el personal médico como politraumatismo secundario a múltiples golpes contundentes en cara, cráneo y tórax, derivó en la muerte de Moreno Jaramillo, lo que llevó a la Fiscalía a imputar el delito de homicidio agravado.
El proceso penal se fundamenta en los artículos 103 y 104 del Código Penal, que tipifican el homicidio agravado y establecen penas de entre 40 y 50 años de prisión para quienes resulten responsables.
Finalmente, el juez dio a conocer que el 6 de noviembre se retomará la audiencia en la que se dictara la medida de aseguramiento a las 9:00 a.m.