Millonaria sanción contra Claro por publicidad engañosa
La SIC estableció que COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. (CLARO), dentro de las piezas publicitarias en las cuales promocionó el uso de aplicaciones, redes sociales, minutos y mensajes de texto ilimitados incurrió en publicidad engañosa.
La Superintendencia de Industria y Comercio como autoridad de control y vigilancia encargada de la protección de los usuarios de los servicios de telecomunicaciones, sancionó con SETECIENTOS TREINTA MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS M/CTE ($730.800.000) a COMUNICACIÓN CELULAR S.A. COMCEL S.A. (CLARO), por emitir publicidad engañosa.
La Entidad, evidenció que la empresa de servicios de comunicación móvil entregó información confusa con las piezas publicitarias en las que ofertaba la promoción “SIM CARD PREPAGO 3X3 BENEFICIOS” “DISFRUTA DURANTE 3 MESES 21 GB; 7 GB CADA MES + WHATSAPP Y FACEBOOK ILIMITADOS + MINUTOS Y SMS ILIMITADOS”, la cual podría inducir a error a los usuarios.
La Superintendencia de Industria y Comercio -SIC- determinó que el engaño o la confusión se comprobó ante la falta de claridad en la información entregada en la publicidad, pues el uso del servicio de WhatsApp se ofreció de manera ilimitada, pero solo para algunos eventos de baja calidad, sin informar a los usuarios cuales eran esos eventos, y que las videollamadas podrían generar cargos o cobros adicionales o en su defecto podría no estar disponibles en dicha promoción.
Contra la decisión proceden los recursos de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección de Usuarios de Servicios de Comunicaciones y de apelación ante el Despacho de la Superintendente Delegada para la Protección del Consumidor.