Multan por desacato al alcalde de Popayán y a la Secretaria de Tránsito por caso de multas prescritas
El Juzgado Octavo Administrativo les impuso una sanción de cinco salarios mínimos por no cumplir íntegramente la sentencia que ordenaba prescribir miles de infracciones de tránsito en la ciudad.
El Juzgado Octavo Administrativo de Popayán sancionó por desacato al alcalde Juan Carlos Muñoz Bravo y a la secretaria de Tránsito municipal, Lizet Vanessa Plazas Quibano. La medida judicial fue adoptada el 12 de junio de 2026, al resolver un incidente impulsado por el concejal José Luis Diago Franco. El proceso se originó por el incumplimiento reiterado de una sentencia que ordenaba la declaratoria de prescripción de multas de tránsito.

El fallo y las sanciones pecuniarias
La decisión establece una multa equivalente a cinco Salarios Mínimos Legales Mensuales Vigentes para cada uno de los funcionarios. El juez Juan Carlos Forero Ramos estipuló que la sanción debe ser consignada de su propio peculio a favor del Consejo Superior de la Judicatura.
El plazo para este pago será de diez días una vez la providencia quede en firme.
El desacato responde a la inobservancia de la Sentencia núm. 069 del 7 de noviembre de 2025, emitida por el Tribunal Administrativo del Cauca. Dicho fallo daba dos meses de plazo a la Secretaría de Tránsito para declarar la prescripción de infracciones con más de tres años de antigüedad, sin actuaciones administrativas válidas, según el artículo 159 del Código Nacional de Tránsito.
Actuaciones insuficientes y demoras
Durante el trámite incidental, la Alcaldía de Popayán argumentó en su defensa la creación de un Comité de Cartera Municipal. También citaron la expedición de la Resolución 20261500064484 del 10 de abril de 2026, mediante la cual aseguraron haber declarado la prescripción de 11.066 multas.
Pese a estos argumentos, el despacho consideró que las acciones resultaron insuficientes, destacando graves fallas en la consolidación del proceso:
- La propia Secretaría de Tránsito reconoció que las infracciones entre 2011 y 2020 seguían en proceso de validación y verificación.
- Se confirmó que el plazo judicial de dos meses otorgado por el Tribunal fue "ampliamente superado".
- El juzgado concluyó que los funcionarios conocían la orden, pero omitieron su cumplimiento integral sin justificación válida.
"...para junio de 2026 la propia entidad reconoce que las actuaciones correspondientes a las vigencias 2011 a 2020 continúan en proceso de validación y verificación, lo que evidencia que el plazo judicialmente concedido fue ampliamente superado sin que se hubiera materializado el cumplimiento integral de la decisión."
La falta de diligencia en la prescripción masiva de multas afecta el bolsillo y la movilidad de miles de payaneses. Al no sanear de oficio estos comparendos, que legalmente ya caducaron, la Secretaría de Tránsito mantiene a los ciudadanos con registros activos de deuda en sistemas nacionales como el SIMIT. Esto se traduce en trabas burocráticas injustas, bloqueando trámites esenciales como la renovación de licencias, la expedición de paz y salvos y la comercialización de vehículos automotores.
La sanción fue impuesta en primera instancia judicial. Según lo establecido en la Ley 393 de 1997, si la decisión no es apelada, se enviará para consulta ante el Tribunal Administrativo del Cauca. Simultáneamente, el juzgado ordenó al alcalde Muñoz Bravo acreditar la apertura de un proceso disciplinario contra la Secretaria de Tránsito, advirtiendo que, de persistir la desobediencia, habrá sanciones aún más severas.
Para garantizar la total transparencia y el acceso a la información pública, en periódicovirtual.com ponemos a disposición de nuestros lectores el documento oficial emitido por el Juzgado Octavo Administrativo de Popayán. Lo invitamos a leer y descargar el fallo íntegro que resuelve este incidente de desacato y detalla las sanciones impuestas, accediendo directamente al siguiente archivo
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