¿No tiene libreta militar?, la buena noticia para jóvenes que no han definido su situación militar
El mandatario Petro, firmó la ley que establece, además, las tarifas para realizar el trámite.
El presidente Gustavo Petro sancionó la ley en la cual se crean medidas especiales para resolver la situación de miles de jóvenes mayores de 24 años y estudiantes universitarios en el país.
De esta forma, establece la ley sancionada por el presidente Petro que todo mayor de 24 años o estudiante universitario que se encuentre cursando una carrera profesional universitaria y haya superado cinco semestres de educación superior universitaria, sin distinción de la condición en la que se encuentre, podrá solicitar la definición de su situación militar.
Para eso, además de la edad o el nivel de estudios, los interesados deberán realizar la correspondiente solicitud por intermedio de la página web designada o de manera presencial en cualquier distrito militar, pagar la cuota única de compensación militar para mayores de 24 años o presentar certificado de la universidad donde conste que se encuentra cursando una carrera profesional y haber cursado los cinco semestres.
Además, se establecen las tarifas para hacer el trámite, según el nivel de ingresos.
- Para personas sin ingresos mensuales económicos el 5 % de un salario mínimo.
- Para personas con ingresos mensuales inferiores o igual a dos mínimos, el 15 % de un salario mínimo.
- Para personas con ingresos mensuales entre dos y cuatro salarios mínimos, el 25 % de salario.
- Para personas con ingresos mensuales superiores a cuatro mínimos, el 50 %de un salario.
Los ingresos mensuales se certificarán mediante la presentación de los desprendibles de pago de los últimos tres meses, en el caso de quienes sean empleados, y de la planilla de pagos de seguridad social de los últimos tres meses, en el caso de quienes sean independientes.
Para aquellas personas carentes de ingresos, se deberá presentar declaración que así lo indique, la cual estará sujeta a verificación con las entidades competentes.
Los colombianos residentes en el exterior podrán acceder a los beneficios contenidos en la ley y deberán cancelar el 50 % de un salario mínimo, sin tener que demostrar sus ingresos, bastará con manifestar que se encuentran residiendo fuera del país.
Adicionalmente, las personas que hayan cumplido veinticuatro (24) años sin haber definido su situación militar, sin distinción de su condición, serán exonerados en su totalidad de las sanciones pecuniarias que hubiere dispuesto la ley.