Popayán declara prescritas multas de tránsito de 2021 y 2022 que nunca entraron a cobro coactivo
La medida, adoptada mediante resolución oficial y en cumplimiento de una orden judicial, permitirá la actualización de los registros en el SIMIT y otros sistemas de información.
La Secretaría de Tránsito y Transporte de Popayán expidió una resolución mediante la cual declara la prescripción de la acción de cobro de multas de tránsito impuestas durante las vigencias 2021 y 2022 que no tuvieron mandamiento de pago ni fueron objeto de procesos de cobro coactivo.
La decisión quedó consignada en la Resolución 20261500106194 del 2 de junio de 2026 y se adopta en cumplimiento de una sentencia emitida por el Tribunal Administrativo del Cauca en noviembre de 2025.
De acuerdo con el acto administrativo, la medida cobija aquellas sanciones sobre las cuales transcurrieron más de tres años desde su imposición sin que la administración adelantara las actuaciones necesarias para hacer efectivo el cobro.
La Secretaría de Tránsito explicó que la determinación surge tras un proceso de revisión y depuración de cartera adelantado con el acompañamiento del Comité de Cartera Municipal, la Oficina Jurídica y las plataformas tecnológicas que administran la información de comparendos y sanciones.
Según la resolución, previamente ya se había declarado la prescripción de multas correspondientes a vigencias entre 2002 y 2020. Sin embargo, el Tribunal Administrativo del Cauca ordenó extender el análisis hasta el año 2022, razón por la cual la administración municipal avanzó en la revisión de las vigencias 2021 y 2022 para culminar el cumplimiento de la decisión judicial.
¿Qué significa la medida?
La declaratoria de prescripción implica que el Municipio pierde la facultad legal para cobrar esas obligaciones específicas debido al vencimiento de los términos establecidos por la ley sin que se hubiera iniciado formalmente el proceso de cobro.
Por esta razón, las anotaciones relacionadas con estas multas deberán ser retiradas de los registros correspondientes una vez se surta el procedimiento administrativo ordenado en la resolución.
Actualización en el SIMIT
La Secretaría de Tránsito ordenó reportar la decisión a la Federación Colombiana de Municipios para que se actualice la información en el Sistema Integrado de Información sobre Multas y Sanciones por Infracciones de Tránsito (SIMIT).
La entidad indicó que los cambios podrían verse reflejados en un plazo de hasta 60 días hábiles después de realizada la comunicación oficial.
Además, se instruyó a EMTEL S.A. E.S.P., operador tecnológico del sistema, para adelantar las actualizaciones necesarias en las bases de datos y plataformas internas utilizadas por el organismo de tránsito.
No habrá devolución de dinero
La resolución también aclara que las personas que ya pagaron las multas que eventualmente resulten cobijadas por la prescripción no tendrán derecho a devolución ni compensación de recursos.
La administración argumenta que el pago voluntario de la obligación constituye el reconocimiento de la deuda y, por tanto, no procede el reintegro de los valores cancelados.
Una vez se complete la actualización de la información en los sistemas oficiales, la Secretaría de Tránsito expedirá las certificaciones correspondientes para identificar de manera individual cuáles comparendos quedaron cobijados por la declaratoria de prescripción.