Reducción de jornada no implica una disminución salarial: MinTrabajo

La reducción de la jornada laboral debe ser acordada por los empleadores y los trabajadores.

Reducción de jornada no implica una disminución salarial: MinTrabajo
NOTICIA TOMADA DE: RCN RADIO 

El Ministerio de Trabajo anunció que a partir de este 16 de julio comenzará la disminución de la jornada laboral en Colombia, de una hora, qué pasa de 48 a 47 horas semanales, sin disminuir el salario, ni afectar los derechos adquiridos y garantías de los trabajadores.

El viceministro de Trabajo, Edwin Palma, afirmó que esta modificación hace parte de la Ley 2101 de 2021, por medio de la cual se reduce la jornada máxima laboral semanal de manera gradual, tras modificar el artículo 161 del Código Sustantivo del Trabajo y establece la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo de 42 horas a la semana.

“La ley 2101 de 2021 se refiere a la jornada laboral máxima de los trabajadores y trabajadoras del sector privado, es decir, a las personas naturales que han suscrito contratos laborales con empresas privadas y no aplica para las y los servidores públicos, salvo los que trabajan en empresas del Estado y cuyas relaciones laborales se rijan por el Código Sustantivo del Trabajo”, indicó.

Apuntó que la disminución será gradual en los próximos años. “El cambio será de manera gradual así: desde el próximo 16 de julio de 2023, una hora; desde el día 16 de julio del año 2024, será de 46 horas; en el día 16 de julio del año 2025, pasará a 44 horas y finalmente, a partir del 16 de julio de 2026, será de 42 horas semanales máximas”, explicó.

Sostuvo que esta ley no cambias las jornadas de trabajo ya previamente acordadas. “Esta ley tampoco afecta o modifica las jornadas laborales inferiores de trabajadores con horarios especiales, como la de menores de edad que trabajan con contrato laboral y con permiso del Ministerio de Trabajo”, sostuvo.

Según el viceministro de Relaciones Laborales e Inspección, Edwin Palma, esta ley permite que Colombia se acerque a los estándares internacionales y a lo recomendado por la Organización Internacional del Trabajo, por lo que dará más tiempo libre a los trabajadores y trabajadoras y mejorará la productividad en las empresas.

Explicó que la disminución de la jornada máxima laboral implica, el aumento del valor de la hora diaria, toda vez que, por menos tiempo laborado, el trabajador continuará devengando la misma remuneración.

“Los empleadores deben realizar el cálculo del nuevo valor de la hora de trabajo para liquidar el valor de las horas extras y los recargos nocturnos, dominicales y festivos, respetando siempre el principio de favorabilidad”, subrayó.

Recalcó que la reducción de la jornada laboral y su aplicación se seguirá teniendo en cuenta en la iniciativa de reforma laboral, que se presentará nuevamente al Congreso de la República.

Por su parte, el experto en Seguridad Social, Germán Linares, señaló que la medida se puede aplicar de forma progresiva. “Quiere decir que a partir del 16 de julio hay que reducir una hora, por lo que esta seria 47 horas semanales lo que implica un ajuste en las jornadas para que los trabajadores dispongan de este tiempo”, sostuvo.

Señaló que las implicaciones estarían en las personas que laboran horas extras. "En las empresas que tienen ajustado su jornada laboral y que a aparte de ella implique hacer un reconocimiento de horas extras, se tendrá un impacto porque la hora que dejó de laborar me la van a reconocer como hora extra y ese sería una afectación en la parte económica y presupuestal de las empresas”, indicó.

Afirmó que para el año siguiente se tendrá una hora y así año tras año hasta que quedará en 42 horas. “Cuando lleguemos a esas 42 horas se tendrá un impacto grande porque las empresas tendrán que contratar un mayor número de empleados para suplir los diferentes horarios y ahí se va a ver la afectación, por ahora no será tan notorio porque serán de forma gradual”, sostuvo.