Regulan la venta de gasolina en Popayán: estas son las restricciones
Quedó prohibida la venta de combustibles en recipientes como pimpinas, barriles o canecas, con el fin de evitar la especulación y el mercado negro.
Ante el paro nacional de transportadores iniciado el 2 de septiembre de 2024, la Alcaldía de Popayán emitió el Decreto 2725, que establece medidas temporales para la venta y distribución de combustibles líquidos derivados del petróleo en el municipio.
Estas disposiciones buscan garantizar el acceso equitativo a estos recursos y evitar el desabastecimiento y acaparamiento en medio de la actual crisis.
Medidas para evitar desabastecimiento y especulación
El decreto establece un control estricto sobre la comercialización de combustibles en todas las estaciones de servicio de la ciudad.
Se limita la venta de gasolina y ACPM a ciertos montos según el tipo de vehículo:
Vehículos de carga pesada: $100,000.
Vehículos particulares: $50,000.
Motocicletas: $15,000.
Buses y chivas: capacidad máxima del tanque.
Además, queda prohibida la venta de combustibles en recipientes como pimpinas, barriles o canecas, con el fin de evitar la especulación y el mercado negro.
Vehículos prioritarios tendrán acceso preferencial
El decreto reserva un 12% del total de combustibles para vehículos que prestan servicios esenciales, como ambulancias, transporte de insumos médicos, y fuerzas de seguridad.
Estos vehículos tendrán prioridad absoluta en el suministro de gasolina y ACPM para garantizar la continuidad de los servicios básicos en salud y seguridad.
Restricción de horarios para la venta de combustibles
Para mejorar el control y reducir las posibilidades de acaparamiento, la venta de combustibles estará permitida solo entre las 6:00 a.m. y las 8:00 p.m.
Después de este horario, las estaciones deberán cerrar sus servicios al público, excepto para los vehículos priorizados.
Control y sanciones
La Alcaldía, en conjunto con la Policía Metropolitana de Popayán, implementará operativos de inspección y decomiso de combustibles que se estén comercializando de manera irregular.
Los infractores podrán enfrentar multas y sanciones, según lo dispuesto en la Ley 1801 de 2016, y se solicitó la intervención de la Superintendencia de Industria y Comercio para iniciar procesos sancionatorios en casos de especulación.