Superintendencia de Transporte declara ilegales las fotomultas en Popayán y ordena revocar más de 550 mil comparendos
El superintendente Alfredo Enrique Piñeres Olave confirmó en Unicauca Estéreo que la Secretaría de Tránsito jamás obtuvo el aval técnico. El municipio arriesga embargos y debe tramitar la devolución de $69.500 millones.
En una entrevista concedida al periodista Carlos Quilindo en la emisora Unicauca Estéreo, el superintendente de Transporte de Colombia, Alfredo Enrique Piñeres Olave, confirmó la apertura de una investigación formal contra la Secretaría de Tránsito y Transporte Municipal de Popayán por la imposición irregular de fotomultas. El alto funcionario reveló que este organismo jamás solicitó ni obtuvo el concepto de desempeño tecnológico exigido por la ley. La decisión obliga a la administración local a iniciar el proceso para revocar 551.162 comparendos vigentes y enfrentar la posible devolución millonaria de los recursos ya recaudados.
Las alarmantes cifras del recaudo ilegal
De acuerdo con lo expuesto por Piñeres Olave, las irregularidades técnicas se vienen presentando en la capital del Cauca desde el 20 de noviembre de 2019. Ninguno de los comparendos impuestos desde esa fecha cumple con los requisitos establecidos en la Resolución 718 de 2018.
El balance de las fotomultas en la ciudad arroja los siguientes datos verificados:
- Comparendos totales aplicados: 639.032 sanciones emitidas de manera irregular.
- Comparendos pagados: 87.870 ciudadanos cancelaron la infracción, lo que generó un recaudo de $69.500 millones de pesos.
- Comparendos pendientes por revocar: 551.162 multas que no han sido pagadas y que la Superintendencia ordenará anular de forma definitiva.
Responsabilidad directa del municipio y riesgos de embargo
Durante el diálogo periodístico, Carlos Quilindo cuestionó si la sanción económica debía ser asumida por el municipio o por el operador privado que maneja el sistema de fotodetección en Popayán. Al respecto, el superintendente aclaró que el contratista no exime de responsabilidad a la entidad pública.
"La ley es clara: según el artículo 18 de la Ley 2251, las autoridades de tránsito serán sancionadas con una multa equivalente al doble del valor recaudado. La sanción es directamente para la autoridad de tránsito. Si esta desea repetir contra el privado contratado por haberla hecho entrar en error, será un acto jurídico independiente que cada organismo deberá realizar con su respectiva concesión".
Adicionalmente, Piñeres Olave enfatizó que todos los instrumentos de medición de velocidad deben contar obligatoriamente con el aval del Instituto Nacional de Metrología, requisito que Popayán incumplió. Si la alcaldía no asume las sanciones pecuniarias una vez concluya el proceso administrativo, la Superintendencia iniciará cobros coactivos y embargos de cuentas, lo que podría derivar en la intervención del organismo de tránsito local.
Este caso enciende las alarmas sobre la legalidad de los sistemas de fotodetección concesionados a privados en las regiones de Colombia. Para Popayán, el impacto financiero es devastador: la obligación de devolver $69.500 millones de pesos con intereses, sumada a una multa equivalente al doble de lo recaudado, pone en riesgo la estabilidad presupuestal del municipio. Por el lado de los ciudadanos afectados que ya pagaron, la situación abre un complejo escenario legal, pues se verán obligados a interponer derechos de petición, tutelas o acciones populares bajo la figura jurídica del "pago de lo no debido" para recuperar su dinero.
La Superintendencia de Transporte notificó formalmente de esta investigación a 37 organismos de tránsito del país, incluido el de Popayán. La Secretaría de Tránsito local dispone ahora de un plazo de 15 días hábiles para interponer los recursos de reposición consagrados por la ley. El superintendente Alfredo Enrique Piñeres Olave advirtió que, una vez se respondan dichos recursos, la entidad procederá a emitir las sanciones en firme y la orden perentoria de revocatoria.
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