Tribunal ordena cierre de cárcel transitoria Laura Valencia: lo tendrán que hacer en seis meses

La Alcaldía de Popayán, el INPEC y la USPEC deberán garantizar condiciones dignas de reclusión para las personas privadas de la libertad

Tribunal ordena cierre de cárcel transitoria Laura Valencia: lo tendrán que hacer en seis meses

El Tribunal Contencioso Administrativo del Cauca emitió una sentencia de segunda instancia en la que modifica el fallo del Juzgado Tercero Administrativo de Popayán y ordena amparar el derecho colectivo a la seguridad y prevención de desastres previsibles técnicamente, el cual se encontraba vulnerado por el Municipio de Popayán, el Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario (INPEC), el Establecimiento Penitenciario de Alta y Mediana Seguridad de Popayán (EPCAMS) y la Unidad de Servicios Penitenciarios y Carcelarios (USPEC).

El fallo ordena específicamente el desmonte del centro transitorio de reclusión que actualmente funciona en las instalaciones donde operaba la Institución Educativa Laura Valencia, en la capital caucana.

Para ello, el INPEC deberá priorizar el traslado de las personas privadas de la libertad hacia establecimientos penitenciarios en los que se les garanticen condiciones dignas de reclusión, conforme a lo dispuesto en el Decreto Legislativo 804 de 2020.

En caso de que los internos deban ser ubicados temporalmente en estaciones de Policía o en las Unidades de Reacción Inmediata (URI), las entidades involucradas —incluyendo la Alcaldía de Popayán, INPEC, USPEC, la Defensoría del Pueblo y la Procuraduría Provincial— deberán tomar las medidas necesarias para asegurar que su permanencia sea transitoria y que se respeten sus derechos fundamentales.

El Tribunal otorgó un plazo de seis meses para el cumplimiento de esta orden.

Además, se conformó un comité de verificación del cumplimiento de la sentencia, el cual estará integrado por representantes del despacho judicial, la parte accionante, el alcalde de Popayán, delegados de las secretarías de Infraestructura y Planeación, la Defensoría del Pueblo, el director del INPEC, el director del EPCAMS y el Ministerio Público.

Este comité deberá rendir informes periódicos ante el Tribunal.

Con esta decisión, se busca corregir una situación que, según lo comprobado por el tribunal, pone en riesgo la seguridad pública y los derechos fundamentales de la población reclusa y la comunidad aledaña.