Tribunal Superior de Bogotá absuelve al expresidente Álvaro Uribe por soborno en caso Carlos Enrique Vélez

El alto tribunal determinó que no se acreditó dolo directo en la conducta atribuida al exmandatario.

Tribunal Superior de Bogotá absuelve al expresidente Álvaro Uribe por soborno en caso Carlos Enrique Vélez

El Tribunal Superior de la ciudad de Bogotá revocó la condena impuesta al expresidente Álvaro Uribe Vélez por el delito de soborno en actuación penal dentro del proceso relacionado con el testigo Carlos Enrique Vélez Ramírez.

En un fallo de segunda instancia, el magistrado Manuel Antonio Merchán explicó que las pruebas practicadas en el juicio no demostraron el vínculo doloso necesario para señalar a Uribe como determinador de una conducta punible.

“Se establece que las pruebas practicadas no acreditan el vínculo doloso exigido por la ley para calificar a Álvaro Uribe Vélez como determinador de una conducta punible. (…) Por tanto, la Sala revocará la condena impuesta a Álvaro Uribe Vélez como determinador del delito de soborno en actuación penal en el evento de Carlos Enrique Vélez, y en su lugar lo absuelve por esta conducta. Se ordena compulsar copias para que se investigue a ese testigo”, indicó el fallo.

Durante la lectura de la decisión, el magistrado Merchán enfatizó que el tribunal encontró un error de interpretación jurídica en la aplicación del dolo eventual como fundamento de la condena de primera instancia, ya que la figura de la determinación penal exige dolo directo.

La sala advierte que la aplicación del dolo eventual como fundamento de la condena constituye un yerro o error dogmático, pues la figura de la determinación penal exige dolo directo como está planteado en la ley.

El instigador debe tener la intención de inducir al autor material a cometer el delito, mientras que el dolo eventual sólo opera cuando el autor agrava el comportamiento delictivo o comete delitos con hechos no previstos por el instigador explicó el magistrado

El tribunal también señaló que no existe evidencia que vincule directamente al expresidente con los pagos realizados al testigo o con las instrucciones que se le atribuyeron durante el proceso.

Ahora el Tribunal Superior también decidirá sobre los demás eventos donde se le condenó por este delito, de ahí que ya entregará la revisión de la primera condena en esa condena.