No dan vía libre a tutela por difusión de videos en juicio contra Álvaro Uribe

Indicaron que la este mecanismo judicial no tiene sustento, estableció el operador judicial.

No dan vía libre a tutela por difusión de videos en juicio contra Álvaro Uribe

El Tribunal Superior de Bogotá rechazó una acción de tutela presentada contra el juzgado que adelanta el proceso penal contra el expresidente Álvaro Uribe Vélez por presunta manipulación de testigos, fraude procesal y soborno.

La tutela alegaba una vulneración de derechos debido a la difusión en audiencia de material audiovisual de contenido “pornográfico”.

El recurso fue interpuesto por el abogado Germán Calderón España en representación de su hijo menor de edad, argumentando que en una de las audiencias del juicio se presentaron videos que no tenían relación con el caso y que resultaban inapropiados para el público.

Según la parte argumentativa de la acción judicial, la situación se dio durante la declaración de Mireya López, investigadora del Cuerpo Técnico de Investigación (CTI), quien presentó pruebas extraídas del teléfono del abogado Juan José Salazar, socio del exdefensor de Uribe, Diego Cadena.

Durante la audiencia judicial, se proyectaron dos videos específicos: uno en el que aparecía una persona de baja estatura bailando y otro con imágenes explícitas de una modelo en un video pornográfico.

El abogado Calderón España alegó que la exhibición de este material en una audiencia pública constituía una vulneración de derechos, especialmente en el caso de menores de edad que pudieran estar siguiendo el juicio a través de medios digitales.

Sin embargo, el Tribunal Superior determinó que la tutela era improcedente y respaldó la actuación del juzgado encargado del proceso. En su decisión, señaló que “al inicio de la actuación en comento dio a conocer los protocolos de comportamiento establecidos por el Consejo Superior de la Judicatura para el desarrollo del juicio oral.

Advirtió que no puede aplicar filtros ni revisar las evidencias antes de las sesiones del juicio, porque iría en contravía del ordenamiento penal, que requiere de su imparcialidad. Además, el cuidado de acceso de menores de edad a redes sociales y medios de comunicación corresponde a sus padres, quienes no deben permitir que presencien este tipo de debates ante la jurisdicción penal, por todo lo que ello implica”.

La decisión se produjo el mismo día en que el Juzgado 55 de Conocimiento de Bogotá rechazó una recusación presentada por la defensa del expresidente Uribe contra la jueza Sandra Liliana Heredia Aranda. La solicitud buscaba apartarla del caso argumentando una posible falta de imparcialidad, pero el juzgado concluyó que la recusación no tenía fundamentos suficientes.