Juan Carlos Arteaga seguirá al frente del Hospital San José tras fallo favorable del Tribunal Administrativo del Cauca

La Sentencia 193 (17 de octubre de 2025) negó la nulidad contra el decreto de nombramiento de Juan Carlos Arteaga

Juan Carlos Arteaga seguirá al frente del Hospital San José tras fallo favorable del Tribunal Administrativo del Cauca

El Tribunal Administrativo del Cauca, en Sentencia 193 del 17 de octubre de 2025, negó las pretensiones de la demanda de nulidad electoral presentada contra el Decreto 20241000000875 (26 de marzo de 2024) que nombró a Juan Carlos Arteaga Cifuentes como gerente de la E.S.E. Hospital Universitario San José de Popayán (Exp. 19001233300020240010200).

La decisión

La Sala resolvió: “PRIMERO: NEGAR las pretensiones de la demanda” y “SEGUNDO: Sin condena en costas”, al mantener la presunción de legalidad del acto de nombramiento. Firmaron los magistrados Carlos Hernando Jaramillo Delgado (ponente), David Fernando Ramírez Fajardo y Naun Mirawal Muñoz.

¿Qué analizó el Tribunal?

El proceso discutía si el decreto de nombramiento estaba viciado por falta de requisitos, expedición irregular, falsa motivación o infracción normativa; o si, por el contrario, el acto gozaba de legalidad por cumplimiento de exigencias. El Tribunal fijó el problema jurídico y metodología con base en el CPACA y la normativa aplicable.

Requisitos y experiencia: lo que pesó en el fallo

Para ser gerente de la ESE, el Decreto Ley 785 de 2005 exige: título profesional en salud/económicas/administrativas/jurídicas, posgrado afín y 4 años de experiencia en el sector salud. En el expediente, Arteaga acreditó Contaduría Pública (área de economía, administración y contaduría según el SNIES) y posgrado en Revisoría Fiscal y Contraloría, además de experiencia sectorial.

El Comité Evaluador concluyó que “es apto para ocupar el cargo”, luego de verificar requisitos y aplicar la prueba de competencias.

El comité evaluador y el decreto de nombramiento

El Alcalde conformó Comité Evaluador mediante el Decreto 20241000000845 (22 de marzo de 2024), que instaló y aplicó la prueba el 26 de marzo. Con esa base, expidió el Decreto 20241000000875 de nombramiento, invocando Resolución 680 de 2016, Ley 1797 de 2016 (art. 20), Decreto 1427 de 2016 y otras normas. Arteaga tomó posesión el 26 de marzo de 2024, con efectos desde el 1.º de abril.

El Tribunal también desestimó los reparos sobre la contratación de una integrante del Comité por diferencias horarias en SECOP II, al constatar que la fecha de inicio del contrato hacía válida su participación.

Trámite procesal y caducidad

El proceso se admitió el 2 de agosto de 2024 (solo por la nulidad del decreto de nombramiento) y la acción se interpuso en término (demanda del 9 de mayo de 2024; caducidad desde el 1.º de abril por vacancia judicial). Hubo sentencia anticipada por impertinencia de pruebas solicitadas por la parte actora.

Conclusión del Tribunal

La Sala sostuvo que el decreto de nombramiento conserva su presunción de legalidad; ninguna causal de nulidad prosperó.

La confirmación del nombramiento da continuidad administrativa al Hospital Universitario San José de Popayán y despeja incertidumbres sobre la dirección de la ESE, en un contexto donde la estabilidad gerencial es clave para contratación, calidad del servicio y ejecución presupuestal.

La majestad de la justicia ha hablado, y con ella se reafirma que en Popayán aún es posible gobernar con transparencia y vocación de servicio. La ciudadanía payanesa y del suroccidente del país recibe este fallo con serenidad y esperanza, convencida de que, por fin, se abre paso una gerencia que no divide, sino que une; que no administra intereses, sino soluciones. Después de mucho tiempo, el Hospital Universitario San José empieza a reflejar una dirección que piensa en todos y trabaja por todos, marcando el camino hacia una nueva etapa de gestión responsable, humana y verdaderamente pública.

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