Afectados por el terremoto podrán mantener subsidios aunque no se puedan verificar algunos requisitos

La medida cobija a beneficiarios de Renta Ciudadana, Compensación del IVA, Colombia Mayor y Renta Joven.

Afectados por el terremoto podrán mantener subsidios aunque no se puedan verificar algunos requisitos

Los beneficiarios de los programas de transferencias monetarias de Prosperidad Social afectados por el terremoto del 10 de agosto podrán mantener la continuidad de sus pagos cuando, debido a la emergencia, no sea posible verificar temporalmente los requisitos o corresponsabilidades exigidos.

La medida quedó establecida en el Decreto Legislativo 1426 del 17 de septiembre de 2026, mediante el cual el Gobierno nacional autorizó a Prosperidad Social a suspender de manera excepcional y temporal determinadas verificaciones cuando estas dependan de infraestructura, servicios o sistemas de información afectados por el sismo.

¿Qué cambia para los beneficiarios?

El decreto busca evitar que una persona o un hogar deje de recibir una transferencia por una situación que no depende de ellos, como la imposibilidad de acceder a registros educativos, controles médicos, vacunación, información académica o sistemas institucionales afectados por el terremoto.

La suspensión de las verificaciones no será automática ni aplicará de manera general a todos los municipios. Prosperidad Social deberá establecer mediante actos administrativos los territorios y las verificaciones que quedarán cobijados, teniendo en cuenta las afectaciones ocasionadas por la emergencia.

Cuatro programas están incluidos

La disposición contempla los siguientes programas de transferencias monetarias:

  • Renta Ciudadana
  • Compensación del IVA
  • Colombia Mayor
  • Renta Joven

De acuerdo con las cifras citadas por Prosperidad Social, en los municipios afectados se registra cobertura de 258.018 hogares de Renta Ciudadana, 237.363 hogares de Compensación del IVA, 1.255.622 personas de Colombia Mayor y 64.107 personas de Renta Joven. Las cifras corresponden a hogares y personas y no representan un número acumulado de beneficiarios, debido a posibles coincidencias entre programas.

La medida podrá aplicarse hasta por 12 meses

El Decreto 1426 establece un mecanismo excepcional y temporal. La suspensión de las verificaciones deberá levantarse progresivamente en la medida en que se recuperen la infraestructura, los servicios y los sistemas de información necesarios para retomar los procesos habituales.

El terremoto de magnitud 7,4, registrado el 10 de agosto con epicentro en San José del Palmar, Chocó, ocasionó afectaciones en 496 municipios de 16 departamentos. Los datos citados en la norma reportaban 196.614 familias y 406.963 personas damnificadas, además de daños en viviendas, instituciones educativas, centros de salud, vías y otros servicios esenciales.

La medida no crea un nuevo subsidio ni modifica el valor de las transferencias. Su propósito es permitir la continuidad de los pagos de quienes ya eran beneficiarios cuando las verificaciones necesarias no puedan realizarse temporalmente por las consecuencias de la emergencia.