¿Pico y placa para todos? Cinco vehículos de la Secretaría General recibieron una exención que el decreto no contempla expresamente

La Secretaría de Tránsito autorizó cinco vehículos relacionados con la dependencia dirigida por Edwin Muñoz. El permiso invoca el numeral 18 del decreto de pico y placa, pero esa disposición menciona cuatro dependencias y Secretaría General no está entre ellas.

¿Pico y placa para todos? Cinco vehículos de la Secretaría General recibieron una exención que el decreto no contempla expresamente

Mientras los ciudadanos de Popayán deben organizar sus desplazamientos alrededor del pico y placa y asumir las consecuencias previstas cuando incumplen la restricción, esta medida plantea una discusión de fondo sobre los límites del poder estatal frente a la libertad individual. Al final, es el Estado el que determina cuándo una persona puede o no movilizarse en un vehículo adquirido con el fruto de su trabajo. Pero el debate se vuelve todavía más incómodo cuando un documento de la propia Alcaldía muestra que, mientras la restricción se aplica al ciudadano común, dentro de la Administración se conceden excepciones cuya justificación merece ser examinada con especial rigor.

El 26 de enero de 2026, la Secretaría de Tránsito y Transporte expidió el permiso de circulación 20261500023061, mediante el cual autorizó a cinco vehículos relacionados en el documento bajo la dependencia Secretaría General para circular durante el horario restringido.

El propio acto administrativo señala que la autorización se concede porque esos vehículos se encontrarían exentos conforme al numeral 18 del literal A del artículo 4.º del Decreto Municipal 20261000000355 del 9 de enero de 2026.

El problema aparece cuando se lee exactamente qué dice ese numeral.

Secretaría General no aparece en la causal invocada

El numeral 18 establece la excepción para:

“Vehículos del personal operativo de la Secretaría de Tránsito y Transporte, Oficina Asesora de Gestión del Riesgo de Desastres, Secretaría de Gobierno, Secretaría de Salud”.

Además, establece que el secretario o jefe de la respectiva unidad deberá presentar formalmente la solicitud ante el organismo de tránsito.

Secretaría General no aparece mencionada.

Por eso el asunto no consiste simplemente en cuestionar que funcionarios públicos puedan necesitar vehículos para cumplir determinadas funciones. El interrogante es mucho más preciso: ¿cómo terminó Secretaría General beneficiándose de una causal que el decreto municipal no le atribuye expresamente?

Cinco vehículos bajo la Secretaría General

Los beneficiarios consignados en el documento son Cristian Camilo Vallejo Leal, Andrés Felipe Ortiz Chica, Luis Guillermo Céspedes, Yerison Enrique Parra Sánchez y Juan Francisco Mora Obando. Las placas relacionadas son, respectivamente, DQY026, OJQ599, KGA690, LCR907 y EOP388.

La contradicción documental merece una explicación pública: el decreto dice una cosa y el permiso administrativo parece ampliar en la práctica el alcance de esa excepción.

No afirmamos, con la información disponible, que exista una conducta ilegal. Para establecerlo habría que conocer el expediente completo y determinar si existe otra disposición que jurídicamente permita la autorización.

Pero precisamente por eso la Administración debe explicar cuál fue el fundamento.

Edwin Muñoz: un funcionario con peso dentro de la Alcaldía, que ya ha estado bajo cuestionamientos

Este no es el primer asunto relacionado con la Secretaría General que PeriódicoVirtual.com ha sometido a escrutinio.

En abril de 2026 este medio publicó una investigación sobre el contrato de $7.150 millones con Gesprode, reconstruyendo el flujo de funcionarios que participaron en su viabilidad y señalando interrogantes sobre el papel de la Secretaría General y de Edwin Muñoz. Esa publicación constituye un antecedente periodístico del medio, no una prueba de irregularidad en el caso actual.

Las firmas del caso Gesprode y el misterioso silencio de Edwin Muñoz
PeriódicoVirtual.com revela la cadena de funcionarios que le dio viabilidad técnica y jurídica al polémico contrato de $7.150 millones.

También en noviembre de 2024 PeriódicoVirtual.com publicó cuestionamientos editoriales sobre la gestión de Muñoz frente a bienes municipales. Nuevamente, esas apreciaciones deben entenderse como antecedentes editoriales y no como hechos probatorios del caso de pico y placa.

La inacción como sello de una administración que prometió recuperar Popayán: el caso de Edwin Muñoz y el abandono de la ciudad
La gestión administrativa de Popayán parece hundirse en un preocupante marasmo de inacción, donde los intereses políticos y personales están siendo priorizados sobre las necesidades de la ciudadanía.

Ahora aparece un documento distinto, verificable y expedido por la propia Administración.

Las reglas también obligan a quienes gobiernan

El permiso contiene una disposición particularmente significativa.

La Secretaría de Tránsito estableció que cuando se evidencie que alguno de los vehículos es utilizado para fines diferentes de aquellos que dieron origen a la exención, el permiso deberá revocarse inmediatamente mediante acto administrativo motivado y no podrá solicitarse nuevamente durante un año.

La autorización permanece vigente hasta el 31 de diciembre de 2026.

Esto significa que no estamos ante una autorización informal ni circunstancial: se trata de permisos administrativos con efectos durante prácticamente toda la vigencia.

¿Privilegios para la Administración?

Aquí aparece el debate de fondo.

El pico y placa supone una restricción para miles de ciudadanos. Quien está sometido a ella debe modificar horarios, buscar transporte alternativo o dejar su vehículo en casa.

Precisamente por eso las excepciones deben tener una justificación objetiva y ajustarse estrictamente a las reglas.

Resultaría difícil explicarles a los ciudadanos que las normas son rigurosas cuando se aplican hacia afuera, pero flexibles cuando los beneficiarios pertenecen a la misma Administración que las expide.

Y la discusión se vuelve todavía más sensible cuando el permiso no cobija solamente vehículos oficiales identificados como tales, sino vehículos relacionados individualmente con personas que el documento señala como vinculadas a la entidad. La naturaleza jurídica y propiedad de esos automotores es otro aspecto que merece establecerse documentalmente antes de extraer conclusiones.

La realidad administrativa no puede medirse solamente con discursos

La administración del alcalde Juan Carlos Muñoz Bravo ha defendido públicamente diferentes resultados de su gestión. Eso forma parte del debate democrático y debe reconocerse.

Pero la gestión pública también se mide en documentos.

Y aquí existe uno que plantea una contradicción concreta: el decreto municipal enumera las dependencias cobijadas por el numeral 18; Secretaría General no figura entre ellas, pero posteriormente Tránsito expidió cinco permisos para esa dependencia invocando precisamente ese numeral.

No hace falta exagerar el hallazgo para comprender su importancia.

La Alcaldía debería poder responder preguntas elementales: ¿quién solicitó las cinco exenciones?, ¿qué documentos presentó?, ¿qué concepto jurídico permitió incluir a Secretaría General?, ¿los vehículos son propiedad del municipio, de contratistas o de servidores públicos?, ¿qué funciones operativas justifican que circulen durante el pico y placa?

Y, sobre todo: si Secretaría General no aparece en el numeral 18, ¿por qué Tránsito decidió aplicárselo?

Popayán necesita una Administración en la que las reglas sean iguales para el ciudadano que conduce por sus calles y para quienes trabajan dentro del CAM.

Porque gobernar no consiste únicamente en expedir normas.

También consiste en ser el primero en cumplirlas.

Compartimos con nuestros lectores el decreto y el respectivo permiso oficial que respaldan nuestra investigación. En PeriodicoVirtual.com como siempre, informamos con evidencias, soportes y hechos.

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Cinco vehículos de la Secretaría General tienen permiso para circular durante el pico y placa, pero la causal utilizada no menciona esa dependencia. Vea los documentos y lea la investigación completa en PeriódicoVirtual.com.